27 jun. 2024

IPS reglamenta examen médico para la admisión

Ajustaron los requisitos del test que ya se aplica desde 2016. Hablan de sanciones en caso de pillar certificados mau.

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El Formulario-Examen Médico Admisional se usará una vez que el Ministerio de Trabajo lo apruebe.

Portal del IPS

El Instituto de Previsión Social (IPS) aprobó un nuevo reglamento que detalla cómo debe ser el examen médico para admitir a los nuevos asegurados.

Desde 2016, ya se pedía un examen admisional, luego se aprobó un formulario de presentación, y el pasado 13 de junio salió la resolución que habla de los requisitos, la cobertura y los plazos.

Los patrones tendrán que presentar al IPS el formulario y examen médico de los trabajadores en un máximo de 90 días corridos.

Deben decir si el trabajador tiene patologías de base, si las mismas fueron causadas por enfermedades comunes o por accidentes laborales, y desde cuándo las tiene.

“El costo del certificado médico estará a cargo del empleador”, aclara la resolución.

Lo que se pedirá

La admisión requiere sí o sí un examen clínico (vista, oído, piel, extremidades, etc.) y un análisis de sangre.

Se pide un hemograma completo, tipo de sangre, perfil lipídico (nivel de grasa en la sangre), glicemia (azúcar), urea y creatinina (funcionamiento de los riñones), electrocardiograma, rayos X de tórax, orina simple.

También incluye VDRL, que es la prueba para detectar sífilis; y eritrosedimentación, que mide el grado de inflamación en el cuerpo, la cual puede ser una respuesta a una infección o a ciertos tipos de enfermedades, como las reumáticas, de la sangre e incluso algunos cánceres.

El médico del trabajo de la empresa puede pedir “otros acordes al puesto y los riesgos que involucren la actividad laboral”.

Advertencia

Si el examen médico presentado por las empresas genera alguna duda, la previsional puede pedirle al empleado que vaya a realizarse otro en la Junta Médica-Laboral.

Analizarán la veracidad del certificado médico, el grado de discapacidad laboral que puedan generar las enfermedades de base y si eso afectaría a las labores del empleado.

Si la junta médica-laboral decide que el nuevo asegurado es “incapaz” de trabajar, se va a tomar el caso como una simulación de contrato, y se le va a cancelar la inscripción.

A la empresa, se le pedirá que devuelva el valor de las atenciones médicas y los reposos que se le haya dado al trabajador.

Y en el formulario también el IPS advierte que podría presentar una denuncia penal por declaración falsa.